Al menos hoy, uno de octubre de 2012, quienes estén pagando la hipoteca de su vivienda habitual tienen derecho a, en su próxima declaración de la renta (IRPF 2011), a aplicar una deducción por el 15% sobre los importes abonados por ella sobre un máximo de 9.040 euros. El "ahorro” hipotecario puede llegar, por tanto, a 1.356 euros. Para apurar al máximo esta posibilidad, las cuotas mensuales pueden tener un tope de 753,33 euros por persona y año. Si no se paga al mes esta cantidad, y con el objetivo de llegar hasta los 9.040 euros, siempre cabe la posibilidad de amortizar anticipadamente (reducir la deuda) una parte de la hipoteca.
A esta deducción tienen, al menos por ahora, derecho todos los hipotecados (han de cumplir los requisitos exigidos) independientemente de su nivel de renta. La norma aprobada por el Gobierno del PSOE que limitaba esta deducción a las rentas inferiores a 24.107,2 euros quedó anulada en el Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, en la que quedaba plenamente restablecida.
Llegó julio de 2012. El 14 de ese mes se publicó en el BOE el Real Decreto-ley 20/2012 de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad. Dos cosas muy importantes se decían en él. En primer lugar, en el preámbulo del apartado I se explicaba que “las desgravaciones en el IRPF por vivienda, tras haber sido de utilidad en un año de especial debilidad de la demanda de viviendas, se eliminan también en 2013…”.
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