El Tribunal Supremo ha fallado que un segundo retraso en el pago del alquiler después de que el inquilino haya sido demandado justifica el desahucio, siempre que el contrato de arrendamiento estipule el plazo máximo de pago.
El Supremo establece que en los casos de demanda previa por impago, el inquilino ya no podrá gozar de la posibilidad de enervar la acción de desahucio aun pagando la mensualidad con retraso.
La sentencia sienta jurisprudencia en tanto que se suma a un dictamen previo del Supremo en el mismo sentido, y contribuye a esclarecer un asunto en el que existían interpretaciones contradictorias por parte de las audiencias provinciales.
Hay que valorar muy favorablemente la sensibilidad mostrada por el Supremo sobre la necesidad de combatir la tradicional indefensión de los propietarios de viviendas frente a sus inquilinos, un deseable objetivo en el que todavía queda mucho por hacer.
El marco legal actual deja indefensos a los propietarios, que a menudo deben enfrentarse a dilatados y farragosos procesos legales para recuperar sus inmuebles.
Esta desconfianza en el mercado del alquiler explica la paradoja de que el mercado de alquiler en España apenas represente el 11% –en Alemania, por ejemplo, supera el 50%– mientras que existen más de tres millones de viviendas vacías.
Y no hay por qué pensar que la totalidad de los potenciales arrendadores de viviendas son tan irracionales como para renunciar a una renta de alquiler, si no fuera, claro está, por el miedo que infunde la indefensión frente al inquilino.
De hecho, el Supremo acierta al argumentar que el excesivo proteccionismo de los arrendatarios puede provocar el efecto indeseable de retraer la oferta de viviendas en alquiler por el temor de los propietarios a tener que soportar los reiterados incumplimientos de los inquilinos. El resultado es una oferta muy estrecha que lógicamente tensiona los precios.
La política de vivienda para potenciar el alquiler es uno de los grandes fracasos del Gobierno, que sigue sin cumplir el compromiso asumido por el propio presidente Zapatero de reformar la Ley de Enjuiciamiento Civil, con el fin de favorecer la agilización de los desahucios, y la Ley de Arrendamientos Urbanos, para eliminar la rigidez en los contratos.
Fuente: http://www.expansion.com
1 comentario:
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